ERVINTEGRALES, MATRIZ DE BMA Y PAZÍFICO LIMPIO, TIENE EL MISMO ESQUEMA CON 15% DE PARTICIPACIÓN DEL MUNICIPIO EN SIETE MUNICPIOS
BMA y Pazífico Limpio son ‘cortadas’ con las mismas tijeras y creadas a imagen y semejanza
Pazífico Limpio S.A.S. E.S.P., Buenaventura Medio Ambiente (BMA), Yumbo Limpio S.A.S. E.S.P., Pradera Limpia S.A.S. E.S.P., Andalucía Limpia S.A. E.S.P., Bugalagrande Limpia S.A.S. E.S.P., Caucaseo Limpia S.A. E.S.P y Dagua Limpia S.A.S. E.S.P. son el holding de empresas de Servicios Integrales de Transporte y Aseo S.A., Servintegrales, con sede en Yumbo que bajo su estructura corporativa y logística presta servicios públicos domiciliarios de aseo y presta el soporte tecnológico/operativo.
Buenaventura, Dagua, Cali, Yumbo, Pradera, Andalucía y Bugalagrande tienen en común al operador de servicios públicos que con el apellido ‘Limpio’ y otros nombres recolecta, transporta y dispone de los residuos que producen estos municipios vallecaucanos.
Es decir, Servicios Integrales de Transporte y Aseo S.A., Servintegrales S.A., desde Arroyohondo en Yumbo es la matriz de las siete filiales especializadas en aseo y constituidas bajo la misma figura accionaria aproximada de 85% con capital privado y 15% de la administración local, con lo que tienen el dominio decisorio, la calidad de mayoritariamente privados, pero de conformación mixta.
En Buenaventura, recién empezaron a cubrir el servicio para un poco más de 75 mil suscriptores, luego de hacerlo por 20 años con la empresa, en liquidación, Buenaventura Medio Ambiente, BMA, y constituir una nueva compañía denominada Pazífico Limpio, igualmente criticada y protestada por la deficiencia en la prestación del servicio ante la comunidad.
Tanto ha sido el malestar de la ciudadanía que han solicitado a los entes de control intervenir para que la compañía responda además por el servicio, por la entrega masiva de los horarios de servicio y el cumplimiento de los mismos, el número de vehículos, el tonelaje recogido y, transportado sin novedad, el estado del relleno sanitario, la aplicación de las tarifas y el reembolso por el servicio no prestado, así como la
La recolección de residuos debe realizarse a partir de su presentación en la acera, unidades de almacenamiento o cajas de almacenamiento. Cuando existan, restricciones de acceso para los vehículos recolectores, el prestador, previa evaluación técnica, podrá realizar la recolección utilizando cajas de almacenamiento, o cualquier sistema alternativo que garantice su recolección.”

Los análisis financieros que hemos estructurado para PORTEÑO, SE NOTA se basan en el modelo consolidado del catastro y la metodología del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, FSRI, (con un déficit teórico mensual calculado a partir de las bases oficiales del SUI), pero los comprobantes detallados de pagos o giros específicos de la tesorería distrital a este operador en particular no están documentados en las fuentes de información actuales.
Cuando la recolección se efectúe entre las 21:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente en zonas residenciales, hoteles, hospitales, clínicas y demás centros asistenciales deberán tomarse medidas especiales para mitigar el ruido en la recolección y la compactación”
información accionaria, en la que la alcaldesa de Buenaventura Ligia del Carmen Córdoba es la presidente de la junta directiva.
La deficiencia en la recolección originó una crisis e incrementó focos críticos, proliferación de olores y bichos asociados a la descomposición de los mismos en esquinas, separadores y lugares insalubles cercanos a la comercialización de alimentos, como las galerías.
Ante esto el Concejo Distrital citó a un control político a los directivos de Pazífico Limpio y la Contraloría los culminó para iniciar una auditoria interna para determinar deficiencias y responsabilidades fiscales y hasta penales si hubiese el caso, pero se han negado al punto que se adelanta una medida sancionatoria.
No obstante, la Corte y los órganos de consulta como el Consejo de Estado) han reiterado que, aunque las empresas privadas y mixtas conservan su naturaleza societaria particular, al prestar un servicio público domiciliario asumen deberes de interés social y están sometidas a la intervención, regulación y vigilancia del Estado
La Corte Constitucional (en consonancia con el ordenamiento jurídico colombiano, la Ley 142 de 1994 y la Ley 42 de 1993 sobre control fiscal) ha determinado que todas las empresas de servicios públicos domiciliarios —ya sean oficiales, mixtas o privadas— están sujetas al control y vigilancia fiscal del Estado.
En las empresas mixtas y privadas, el control fiscal se ejerce de manera específica sobre los recursos públicos que administran (como los dineros girados por subsidios del Distrito o Nación, aportes estatales o exenciones.

