EL PRIMER PASO NO TE LLEVA ADONDE QUIERES IR, PERO TE SACA DE DONDE ESTÁS.

¿La solicitud de modificación del alcance obedece a una imposibilidad técnica, financiera o exclusivamente social?

La imposibilidad de ejecutar el alcance originalmente previsto en el Contrato de Concesión obedece a circunstancias de carácter social derivadas de la oposición al Proyecto manifestada por las Juntas de Acción Comunal de Buenaventura y los Consejos Comunitarios de Gamboa y Caucana.

Dicha oposición se fundamenta en presuntos aspectos ambientales y sociales pendientes de definición o atención. No obstante, tales asuntos son ajenos al ámbito de competencia y gestión de la Concesionaria, en la medida en que corresponden a actuaciones cuya adopción recae en otras autoridades o instancias competentes.

¿La oposición comunitaria era un riesgo previsible al momento de estructurar su oferta?

Los Consejos Comunitarios de Gamboa y Caucana participaron en tres (3) procesos de consulta previa adelantados por la ANI durante la fase de estructuración del Proyecto.

Como resultado de dichos procesos, el 7 de octubre de 2014 y el 6 de noviembre de 2020 se protocolizaron acuerdos de consulta previa con el Consejo Comunitario de Caucana y, respecto del Consejo Comunitario de Gamboa, se suscribió el acta de protocolización de acuerdos el 6 de noviembre de 2020.

En consecuencia, al momento de la adjudicación y suscripción del Contrato de Concesión, el Proyecto contaba con procesos de consulta previa culminados y debidamente protocolizados, lo que razonablemente permitía concluir que los impactos identificados habían sido concertados y que las obligaciones derivadas de dichos procesos se encontraban definidas.

En tal sentido, la Concesionaria recibió un Proyecto previamente consultado, socializado y con acuerdos formalmente protocolizados con las referidas comunidades, circunstancia que excluye la previsibilidad de una oposición sobreviniente en los términos actualmente planteados.

¿Cuántos meses de atraso acumulado registran las UF2, UF3, UF4 y 5 parcial?

La Fase de Construcción del Proyecto inició el 16 de agosto de 2024 y conforme al Plan de Obras, los inicios de las obras en las Unidades Funcionales son los siguientes:

  • UF2: 21 de septiembre de 2024.
  • UF3 (parqueadero): 10 de septiembre de 2024.
  • UF4: 10 de septiembre de 2024.
  • UF5 (parcial): 20 de agosto de 2024.

¿Está el concesionario solicitando trasladar al Estado riesgos que contractualmente asumió?


Ante la situación derivada de la manifiesta oposición de los Consejos Comunitarios de Gamboa y Caucana —circunstancia externa, ajena a su control razonable y no imputable a su gestión— la Concesionaria procedió a activar los mecanismos expresamente previstos en el Contrato de Concesión para este tipo de eventos.

En particular, notificó la ocurrencia de un Evento Eximente de Responsabilidad, figura contractual que tiene por finalidad salvaguardar el equilibrio de la relación contractual y evitar la configuración de un incumplimiento cuando la ejecución de determinadas obligaciones se ve impedida por causas externas. De ser aceptado por la ANI, dicho evento conlleva la suspensión temporal de las obligaciones afectadas, por un período determinado o determinable, mientras subsistan las circunstancias que impiden su ejecución.

En consecuencia, la actuación de la Concesionaria no implica una reasignación indebida de riesgos, sino la aplicación estricta de las reglas contractuales previamente pactadas para escenarios de imposibilidad sobreviniente.

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